La salida voluntaria es un término que a menudo surge en los procesos de inmigración, pero muchos no comprenden completamente lo que implica. Es una forma de alivio que permite a ciertas personas salir de los Estados Unidos por su cuenta, dentro de un plazo específico, para evitar una orden formal de deportación.
Aunque a veces se presenta como una opción beneficiosa, es crucial entender sus matices. Algunos abogados de inmigracion pueden sugerir que aceptar la Salida Voluntaria limpia su historial de inmigración y facilita un futuro reingreso legal a los Estados Unidos. Si bien puede ofrecer algunas ventajas sobre una orden de deportación, la decisión de aceptarla tiene consecuencias significativas y no debe tomarse a la ligera. Este artículo explica qué es la Salida Voluntaria, quién puede calificar, los plazos involucrados y los documentos necesarios para que pueda tomar una decisión informada.
¿Qué es la Salida Voluntaria?
La Salida Voluntaria es un acuerdo con el gobierno de los Estados Unidos que le permite salir del país voluntariamente y a su propio costo. A cambio, se evita recibir una orden formal de deportación en su expediente. Esto es importante porque una orden de deportación puede impedirle regresar legalmente a los Estados Unidos por un período de cinco, diez, veinte años o incluso de por vida.
Al aceptar la Salida Voluntaria, técnicamente no está siendo deportado. Sin embargo, no cumplir con los términos del acuerdo, como no salir en la fecha límite, puede resultar en sanciones severas. Estas incluyen una multa y una prohibición de reingreso de 10 años.
¿Quién es elegible para la Salida Voluntaria?
No todas las personas son elegibles para la Salida Voluntaria. La elegibilidad depende de en qué etapa del proceso de inmigración se solicite y de otros factores específicos del caso. Hay dos momentos principales en los que se puede solicitar: antes de que comiencen las audiencias de la corte de inmigración o durante las audiencias.
Solicitud antes de una audiencia
Para calificar antes de que comience su audiencia ante un juez de inmigración, generalmente debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Admitir que es removible de los Estados Unidos.
- Renunciar a cualquier otra forma de alivio.
- Renunciar a su derecho de apelar la decisión.
- No haber sido condenado por un delito grave agravado.
- Demostrar que tiene los medios económicos para pagar su salida del país.
Solicitud durante o al final de una audiencia
Si solicita la Salida Voluntaria durante o al concluir su audiencia en la corte, los requisitos son más estrictos:
- Debe haber estado físicamente presente en los Estados Unidos durante al menos un año antes de recibir el “Aviso de Comparecencia” (el documento que inicia el proceso de deportación).
- Debe demostrar que es una persona de buen carácter moral durante los cinco años anteriores a la solicitud.
- No puede ser deportable por delitos graves agravados o cargos relacionados con el terrorismo.
- Debe demostrar con pruebas claras y convincentes que tiene la intención y los medios para salir de los EE. UU.
Es fundamental consultar con un abogado de inmigración en Los Ángeles para determinar si cumple con los criterios de elegibilidad específicos para su situación.
Plazos para la Salida Voluntaria
Los plazos son un componente crítico de la Salida Voluntaria. Si un juez de inmigración le concede la Salida Voluntaria, establecerá una fecha límite para su partida.
- Si se solicita antes de la audiencia final: El plazo máximo que se puede conceder es de 120 días.
- Si se solicita al final de la audiencia: El plazo máximo que se puede conceder es de 60 días.
Es su responsabilidad salir del país antes de que expire este plazo. No hacerlo convierte automáticamente la orden de Salida Voluntaria en una orden de deportación formal, lo que conlleva consecuencias graves, incluida una prohibición de reingreso de 10 años y posibles multas. No se otorgan extensiones bajo casi ninguna circunstancia.
Documentos necesarios
Para solicitar la Salida Voluntaria, deberá presentar pruebas que respalden su elegibilidad. Aunque los documentos exactos pueden variar según su caso, generalmente se requiere lo siguiente:
- Prueba de medios económicos: Estados de cuenta bancarios, cartas de empleo o una declaración jurada de apoyo financiero de un familiar o amigo para demostrar que puede pagar su viaje fuera de los EE. UU.
- Documentos de viaje válidos: Un pasaporte vigente de su país de origen que le permita viajar.
- Prueba de buen carácter moral: Esto puede incluir cartas de recomendación de miembros de la comunidad, líderes religiosos, empleadores o familiares. También se revisará su historial criminal.
- Formulario I-210: Si se le concede la Salida Voluntaria, deberá completar y seguir las instrucciones del Formulario I-210, “Notificación de Acción – Salida Voluntaria”.
Preparar estos documentos con la ayuda de un abogado experimentado puede fortalecer significativamente su solicitud.
Busque el consejo de un experto
La Salida Voluntaria puede ser una herramienta útil para algunas personas en procedimientos de deportación, pero está lejos de ser una solución simple. Aceptar esta opción sin comprender plenamente sus implicaciones puede afectar su futuro y su capacidad para regresar a los Estados Unidos. Es una decisión que requiere una cuidadosa consideración de sus circunstancias únicas y sus objetivos a largo plazo.
Si se enfrenta a un proceso de deportación y está considerando la Salida Voluntaria, es crucial obtener asesoramiento legal calificado. Un abogado de inmigración en Los Ángeles puede evaluar su caso, explicarle todas sus opciones y ayudarle a navegar el complejo sistema legal. Para obtener más información y una consulta personalizada, ha