Abogado para Audiencias De Detención y Fianzas De Inmigración

Abogado para Audiencias De Detención y Fianzas De Inmigración

Las personas detenidas en una cárcel de inmigración tienen derecho a una audiencia de fianza al inicio de su caso y después de 6 meses de detención en una cárcel de inmigración (conocido como fianza “Rodriguez vs. Robbins”).

Para obtener una fianza de inmigración, usted deberá demostrar que es elegible para la fianza (que no está bajo “detención obligatoria”), que no representa un peligro para la comunidad, que cuenta con alivios viables a su disposición y que tiene suficientes vínculos familiares y de otros tipos en los Estados Unidos como para no ser considerado un riesgo de fuga.

Abogado de inmigración para Audiencias De Detención y Fianzas De Inmigración

Si la persona detenida no está bajo detención obligatoria (como personas que anteriormente han sido halladas culpables de delitos mayores) — es importante proporcionar tantos detalles como sea posible a cerca del historial criminal del detenido/vínculos familiares y participación comunitaria para así dar una buena razón al juez y abogado representante del gobierno para liberar al detenido y que no sea impuesta una fianza excesiva que no podría ser pagada.

Desafortunadamente, existen algunos jueces/fiscales del gobierno quienes debido a cuestiones y convicciones personales niegan fianzas, incluso a detenidos que claramente no representan un peligro para la comunidad o que no son un riesgo de fuga. Por ejemplo, existen algunos jueces/fiscales del gobierno que lamentablemente perdieron familiares por causa de conductores ebrios y niegan la fianza a detenidos con antecedentes penales limpios y casos viables solo por tener 2 delitos menores por conducir bajo la influencia del alcohol o drogas (DUI). Esto sucede incluso si dicho detenido chocó, pero no se dio a la fuga, no causó lesiones a nadie y ha aprendido su lección y no volverá a conducir en estado de ebriedad.

Una palabra de advertencia Asilos Falsos, Fraude de Asilo

Otro ejemplo: un detenido hombre que es forzado a declararse culpable de violencia doméstica por un abogado defensor publico incompetente y flojo (como sucede seguidamente) y a la supuesta “víctima” no fue permitida por los fiscales demasiado entusiastas retirar las acusaciones. Si tal detenido enfrenta a un juez de inmigración feminista —no fianza será emitida por el juez de inmigración, incluso si la propia “víctima” se presenta suplicando al juez dejar en libertad a su marido/novio, especialmente cuando existe una orden de restricción en su lugar.

Básicamente, cuestiones subjetivas emocionales y políticas nublan la mente de algunos jueces y fiscales del gobierno quienes son esencialmente parciales y cometen abuso de discreción y basan sus decisiones en prejuicios personales y no en la razón o en la ley. En tales casos, algunas veces es posible apelar la negación de fianza, aunque en la mayoría de los casos no hay esperanza debido a la falta de voluntad de la Comisión de Apelaciones de Inmigración (BIA) a “ensuciarse las manos” con casos “pequeños” y la falta de voluntad para cuestionar y perturbar fallos de tribunal inferiores, aun cuando la libertad de alguien y el bienestar familiar están en juego.

Cuando todo lo demás falla, algunas veces es posible volver a aplicar por fianza después de pasar 6 meses en una cárcel de inmigración (si es que la apelación que proporciona protección contra deportación dura lo suficiente). Este tipo de proceso se llama solicitud de fianza “Rodriguez vs. Robbins”, y algunas veces está disponible incluso para detenidos con antecedentes penales graves — sin embargo, dichas fianzas también están sujetas a los criterios “peligro para la comunidad” y “riesgo de fuga” y con suerte podrán ser revisados por otro juez — no el que negó la fianza en primer lugar.

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