Segmentos de Inmigración

Abogados de Inmigración en Los Angeles California

¿Porque debería de aplicar para asilo?

Si usted cruzo la frontera y fue detenido por oficiales de deportación, asilo es el único beneficio disponible para poder parar su deportación. No hay ninguna otra forma o aplicación que usted podrá archivar para parar su deportación – ¡solamente asilo!

Para ganar un caso de asilo usted tiene que mostrar que el gobierno de su país estaba acosándolo, buscándolo para persecución o torturado por sus puntos de vista políticos/membresía en movimientos de oposición o membresía en un grupo social que ha sido victima de persecución del gobierno, como a los homosexuales o minorías indígenas o membresía en un grupo religioso perseguido. leer más   

¿Qué debo hacer si mi pariente o amigo fue capturado cruzando la frontera y está en la cárcel de inmigración?

Podemos ayudarle a localizar a su pariente o amigo y detener su deportación mediante de la presentación de una solicitud de entrevista de miedo creíble que dejará de deportación pendiente a una entrevista con los oficiales de deportación especializada en materia de asilo.

Cuando un detenido está siendo interrogado por los oficiales de asilo, el detenido debe probar con su testimonio que tiene temor creíble de regresar a su país por razones válidas. leer más   

LEY AB 60

¿Está bien que solicite una licencia en el programa pilotos de la ab-60 en el Estado de California a partir de enero 2015, si yo he sido ilegal en los EE.UU., tienen orden de deportación o el programa usado identificación falsa?

partir de enero 2015, será posible para los extranjeros indocumentados solicitar la licencia de conducir de California con el DMV. Sin embargo, qué tan seguro es que lo haga para los que utilizaron identificaciones falsas antes o tuvieron una orden para su deportación? leer más   

Califico para la acción deferida y alivio de la orden ejecutiva si tengo antecedentes penales?

Depende del tipo de registro que usted tenga (si es una felonía, delito menor, wobbler, estatal o federal, crimen contra la moral, delitos de violencia, delito de gravedad etc.). leer más   

La primer consulta es gratis en persona en nuestras oficinas:

Ofrecemos convenientes planes de pago a precios razonables.

(213) 534-6622